Prepara estos documentos

 

Son muchos los documentos necesarios para vender una propiedad y es importante que los prepares desde el principio.

De este modo, podrás resolver cualquier inconveniente sin que esto demore o perjudique a la venta.

Y ¿cuáles son estos documentos?

Prepara las visitas

Solo hay una oportunidad para crear una buena primera impresión y las visitas son la clave para lograrlo.

Este es el momento en el que el comprador decidirá si se interesa o no por tu casa y, eventualmente, podrá hacer una oferta de compra.

Si quieres vender tu casa entre particulares, toma nota de estos consejos para enseñar tu casa con éxito:

Planifica visitas los fines de semana.

Recibe al comprador con amabilidad

Intenta enseñar los salones más bonitos al comienzo y al final del recorrido.

Prepara un discurso de vendedor

Responde a todas las preguntas

Pregúntales qué les ha parecido la vivienda

Sé honesto y procura empatizar en todo momento

Pide una reserva

Si un comprador te hace una oferta que te interesa, puedes pedirle que entregue una cantidad de dinero en concepto de señal o reserva.

Esta suele ser de entre 1.000 y 2.000 euros y te da cierta garantía de que el interés del comprador es real y de que podrán iniciar los trámites para firmar un contrato de arras.

Firma las arras

El contrato de arras es un documento privado, donde cada parte puede incluir las cláusulas que crea convenientes. Pero lo más importante es que es un compromiso de compraventa, es decir que ambas partes asumen la responsabilidad de firmar la escritura de compraventa en un plazo acordado, que suele ser de 90 días.

Asimismo, el comprador entrega en este acto una señal más abultada que la anterior, que suele representar el 10% del precio de la vivienda.

Acude a la firma de la escritura

Tras firmar las arras, el comprador tendrá que elegir la fecha y el notario para firmar la escritura de compraventa.

Tú solo tendrás que presentarte allí con una serie de documentos que detallamos a continuación:

  • DNI o tarjeta de residencia original de ambas partes. En el caso que se aporte el pasaporte, se tendrá que acreditar también el NIF.
  • Original del título de propiedad de la casa.
  • Fotocopia de todos los cheques o transferencias que te haya hecho el comprador antes de la firma.
  • Recibo del último pago del IBI (año en curso o año anterior si no te han girado el cobro).
  • Certificado energético.
  • Cédula de habitabilidad
  • Certificado del ITE, si aplica.
  • Certificado de estar al corriente de pago con la comunidad.
  • Contrato de arras.
  • Últimas facturas de los suministros: agua, luz, gas, recibo de basuras, etc.
  • Si la propiedad tiene hipoteca: certificado de deuda pendiente o de deuda cero.

Ya casi: solo quedan los impuestos

¡Enhorabuena! Cuando llegues hasta aquí, habrás vendido tu vivienda. Pero todavía queda pagar los impuestos. ¿Cuáles son?

IRPF

Tendrás que tributar en el impuesto de la renta del próximo año por la ganancia que obtengas en la operación.

Plusvalía municipal

Tienes 30 días hábiles para pagar la plusvalía, aunque el plazo puede variar en cada ayuntamiento.

IBI

La ley establece que es el vendedor quien tiene que pagar el IBI, pero puede acordarse que cada quien pague la parte proporcional al tiempo durante el que fue dueño del inmueble.